Mediación en el deporte
Los conflictos forman parte de nuestras vidas y el mundo del deporte no es ajeno a ello. La mediación en el ámbito deportivo tiene como objetivo presentar los conflictos que suelen producirse en el ámbito deportivo, cómo se resuelven en la actualidad y qué papel puede desempeñar la mediación.
Para ello, se hace una descripción de cómo está organizado el deporte a nivel mundial, el marco legal por el que se rigen las entidades deportivas y los profesionales pertenecientes a ellas, y en base a ello, cómo se puede desarrollar un servicio de mediación.
Por último, se expondrán algunas ventajas de utilizar la mediación como procedimiento de resolución de conflictos en el mundo del deporte.
Tipos de conflictos en el ámbito deportivo
• De carácter laboral: Se refieren a aquellos que están relacionados con la celebración de un contrato, ya sea oral o escrito. Suelen producirse entre las entidades deportivas y los profesionales que trabajen en ellas, especialmente, entrenadores y deportistas. Entre otros conflictos, se pueden destacar los siguientes:
a) destituciones de los entrenadores durante la temporada;
b) rescisión del contrato por parte de los jugadores, especialmente,
todo lo relacionado con la negociación de la cláusula de rescisión;
c) jugadores que no cuentan con la confianza del equipo técnico, por lo que no juegan, pero no se van del club porque tienen una ficha/ salario elevado y
d) negociaciones de las condiciones salariales entre las asociaciones de jugadores y los clubes deportivos.
• De carácter penal: Relativos a las agresiones, lesiones, atentados al honor de las personas como consecuencia de críticas y descalificaciones de miembros de Federaciones y Clubes, con especial incidencia en los miembros de los Comités disciplinarios. Entre otros casos, los relacionados con:
– Disputas entre directivos de diferentes
clubes con cierta rivalidad.
– Disputas entre aficiones de distintos
equipos.
• De carácter civil: Son los más frecuentes y hacen referencia a aquellos
conflictos de naturaleza «privada». Pueden darse:
– Entre clubes deportivos, entidades de promoción deportiva, agrupaciones
de clubes o entre éstos y miembros de las mismas. Por ejemplo, debidos al uso compartido de instalaciones deportivas, traspasos de jugadores en categorías inferiores, etc.
– Entre miembros pertenecientes a una misma entidad deportiva. Por ejemplo: salidas e ingresos de socios, cumplimiento de los derechos y obligaciones
de éstos, administración del patrimonio y otras cuestiones económicas, cumplimiento del régimen disciplinario, etc.

¿Cómo se resuelven los conflictos en el ámbito deportivo?
La mediación es un procedimiento rápido. De acuerdo con los plazos establecidos por el Tribunal de Arbitraje deportivo, la mediación se lleva a cabo en 90 días desde que se hace la solicitud.
Este margen de tiempo permite además evitar que las negociaciones puedan usarse como una estrategia para retrasar la solución.
- Dado que es más rápido también es menos costoso ya que requiere menos recursos e infraestructuras que otros procedimientos.
- Es confidencial. Esto significa que todas las personas involucradas en el proceso están obligadas a no dar información sobre el mismo, ni en un arbitraje ni en un órgano judicial, con sujeción a las disposiciones de la ley.
- Es un procedimiento sencillo y flexible ya que son las partes quienes deciden y junto al mediador establecen las normas que regirán la evolución del procedimiento que se lleve a cabo.
- Por último, como señala el Tribunal de Arbitraje deportivo, la mediación se adapta al deporte, ya que constituye una extensión natural en la protección de las normas que rigen el juego limpio y el espíritu de comprensión. En ese sentido, es importante que los mediadores estén familiarizados con el deporte y sus características.
Cada vez son más las personas que resuelven sus conflictos familiares y civiles a través de la mediación.
En cambio, en el ámbito deportivo, no es un procedimiento muy utilizado. Esto puede deberse a que todavía no es muy conocida e incluso, es confundida con otras medidas extrajudiciales como el arbitraje.
En ese sentido, no ayudan las leyes específicas del deporte ya que éstas se refieren a ambas medidas de forma conjunta. Esta problemática se pone de manifiesto en la Ley 5/2012, donde se expone que la mediación, como alternativa al proceso judicial, ha de deslindarse con claridad de la vía arbitral. Por tales motivos, es necesario que, en primer lugar, los profesionales del deporte conozcan en qué consiste la mediación, cuáles son sus características y las ventajas que ofrece frente a otros procedimientos de resolución de conflictos ya existentes.
Asimismo, es conveniente dar a conocer las distintas experiencias que se realicen en este sentido, y compararlas con otras experiencias en las que se utilicen otros procedimientos como el arbitraje.
En la medida en que la mediación sea conocida por las personas pertenecientes al mundo del deporte, éstas podrán decidir si establecer este procedimiento como forma de resolución en sus posibles disputas. En ese sentido, el TAS/CAS recomienda que, en los contratos firmados en el ámbito deportivo, se recoja de forma expresa que la mediación sea la forma elegida para resolver los conflictos entre los firmantes. Para ello, plantea la siguiente cláusula: «Cualquier disputa, controversia o reclamación que surja de, o se relacione con este contrato y cualquier modificación posterior de, o en relación con este contrato, incluyendo pero no limitado a su formación, validez, obligatoriedad, interpretación, ejecución, incumplimiento o terminación, así como las reclamaciones extracontractuales serán sometidas a mediación de conformidad con el reglamento de Mediación del Tribunal de Arbitraje deportivo.» El idioma que se utilizará en la mediación será dependiendo del país donde se realice el proceso de mediación.
También es conveniente instaurar en las distintas entidades deportivas una cultura de pacificación, de tal manera que los miembros de las mismas puedan aprender cómo resolver de forma autónoma y pacífica sus disputas. Para ello, es importante contar con la participación de las distintas federaciones y clubes.
Por último, los servicios de mediación ofertados han de ser lo más accesibles posibles, adaptándose a las características específicas del deporte, como por ejemplo, la disponibilidad de las partes, ya que hay casos donde alguna o todas las partes viajan con asiduidad (ej: competiciones de carácter autonómico, nacional o internacional).
La mediación puede ser utilizada por cualquier persona perteneciente al mundo del deporte que quiera solucionar un conflicto a través de esta vía. De tal manera que en el momento en el que surge un problema entre dos o más personas, éstas pueden solicitar a la entidad mediadora el inicio de un proceso de mediación.